Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Control, del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad en contra del ciudadano: CARMEN JESÚS BELLO FERNÁNDEZ, Venezolano, natural de Santa Isabel, Municipio Arismedi del estado Sucre, de 41 años de edad, nacido en fecha: 16-07-1969, de profesión u oficio: Conductor, de estado civil Casado, Titular de la Cédula de identidad Nº V.- 119.66.966, hijo de: Catalino Bello y Juana Francisca de Bello, residenciado: Sector Alta Vista, casa S/N, detrás del estadio José Francisco Grisantti, Municipio Arismedi, de la Población de Río Caribe, por la presunta comisión del delito de ALMACENAMIENTO DE SUSTANCIAS PELIGROSAS, previsto y sancionado en el artículo 83 de la ley Sobre Sustancias Materiales y Desechos Peligrosos, en perjuicio del ESTADO .....