Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, admite totalmente la acusación fiscal y CONDENA a los ciudadanos: ANGEL JOSE MARCANO RIVERO, quien es venezolano, titular de la Cédula de Identidad V-2574438, de 21 años de edad, venezolano, soltero, natural de Cumana, fecha de nacimiento 22-09-1989, hijo de los ciudadanos BESTALIA RIVERO Y ANGEL MIGUEL MARCANO, residenciado en el barrio El Dique, calle 02, casa 07 Cumana estado Sucre, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISIÓN, más las accesorias de ley, por la comisión del delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, concatenado con el segundo aparte del referido artículo, en perjuicio de la Colectividad; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Pen.....