este Juzgado Primero de Control de este Circuito Judicial Penal, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a los imputados Eduardo José Mariño Brito, venezolano, mayor de edad, soltero, de oficio comerciante, titular de la cedula de identidad Nro.-V-11.378.556, residenciado en la calle San Francisco, casa Nro.- 40, Mariguitar, Municipio Bolívar del Estado Sucre, Leonardo José Acuña Reveló, venezolano, mayor de edad, casado, de oficio agricultor, titular de la cedula de identidad Nro.-V-8.483.831, residenciado en el sector Rió San Juan, Cumanacoa, jurisdicción del Municipio Montes del Estado Sucre, y Teolinda del Rosario Brito, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad Nro.- 05.706.007, residenciada en la Chica de Mariguitar, frente a la escuela, casa s/n, Municipio Bolívar del Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de Abuso Sexual a Niño, previsto y sancionado en el artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescent.....