Este Tribunal Penal De 1ra Instancia Estadales Y Municipales Segundo De Control Del Circuito Judicial Penal Del Estado Sucre, Administrando Justicia En Nombre De La República Bolivariana De Venezuela Y Por Autoridad De La Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 313 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, admite totalmente la acusación fiscal en contra del ciudadano DEIBI JOSÉ VELSQUEZ VELÁSQUEZ, Venezolano, natural de ésta Ciudad, de 24 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-25.557.008, nacido en fecha 15/10/1989, de estado civil soltero, de profesión u oficio agricultor, residenciado en Saucedo, cabo Blanco, la Carretera Nacional Carúpano – Cariaco, Caserío Cabo Blanco, casa sin numero, Estado Sucre, cerca de la finca de Alexis, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSIA, previsto en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal, en perjuicio de ALEXANDER JOSE TOTESSAINTT, y en consecuencia, dicta auto de apertur.....