Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control del Segundo Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda la ENTREGA PLENA DEL VEHÍCULO, con las siguientes características; PLACA: AFA653, MARCA CHEVROLET, CLASE: AUTOMOVIL, SERIAL DE CARROCERIA, 1N69GJV104189, MODELO: CAPRICE, SEDAN AÑO: 1979, COLOR: VINOTINTO. SERIAL DEL MOTOR: V0628DDW, USO PARTICULAR, A la Ciudadano: EGLYS VICTORIA FERMIN, Venezolano, mayor de edad, Titular de la C.I 5.884.585, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal. Se acuerda la devolución de los documentos originales solicitados por el abogado asistente. Líbrese oficio acordando la entrega del mencionado vehiculo, al encargado del Estacionamiento Sucre. Se acuerda las Copias Solicitadas por las Partes, instándose a la secretaria administrativa a realizar el desglose de la presente causa. Con.....