Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la presente acción de RECONOCIMIENTO DE PATERNIDAD, intentada por la ciudadana LENNY MARIA SUAREZ UGAS contra el ciudadano AGUSTIN GERMAN BRITO BETANCOURT, plenamente identificados, en beneficio del niño Omisis, en virtud del Interés Superior del Niño, de conformidad con lo establecido en el Articulo 56 de la Constitución del República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los Artículos 8, 17, 25 al 27 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y los Articulo 231 y 233 del Código Civil, este Tribunal ORDENA a la Unidad de Registro Civil de Nacimientos del Municipio Arismendi del Estado Sucre, levantar la correspondiente Partida de Nacimiento del niño Omisis, debiéndose estampar: que es hijo del Ciudadano AGUSTIN GERMAN BRITO BETANCOUR.....