Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de que se encuentran llenos los extremos de Ley, conforme a lo previsto en el artículo 517 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, otorga AUTORIZACIÓN JUDICIAL, en consecuencia AUTORIZA a la ciudadana: LAURA ROSA BAAMONDE DE BENITEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-8.020.735, en el cual consigna los cheques 1) Del BOD, Cta. N° 0116-0428-572120210100, cheque número 10657538, por un monto de Bs. 11.280,24. 2) De BANESCO, Cta. N° 0134-0759-29-212021001, cheque numero 5912951, por un monto de Bs. 375.000,00. 3) Del BOD, Cta. N° 0116-0428-57-212020100, cheque número 106557539, por un monto de Bs. 6.289,43. 4) De BANESCO, Cta. N° 0134-0759-29-2120210001, cheque numero 75913045, por un monto de Bs. 122.500,00, y solicita autoriza.....