este Tribunal Tercero en Funciones de Control, en presencia de las partes, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de La Ley, acuerda RATIFICAR DE LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN Y SEGURIDAD, a favor de la víctima, de las contempladas en el artículo 87, específicamente en los numerales 5° y 6 de la ley especial que regula la materia, en contra del ciudadano ALBERTO LUÍS SALAZAR RODÓN, Venezolano, de 45 años de edad, cédula de identidad Nº 8.483.906, natural de Río Caribe de Cumanacoa, Estado Sucre, nacido en fecha 12-11-1965, Soltero, de oficio Soldador, hijo de Renata Rondón e Isidro Salazar, residenciado en el Caserío Los Bordones 02, casa S/N, cerca de la Bodega El Cascabel, carretera cumaná, Puerto la Cruz Estado Sucre; por la presunta comisión del delito VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana YULITZA MARÍA RONDÓN COVA; medidas ést.....