En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA para el imputado FELIX HURTADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula Nº 14.596.562 y de este domicilio, por la presunta comisión de los delitos de Homicidio Culposo y Lesiones Culposas Graves, establecidas en los artículos 419 y 420 del Código Penal, en perjuicio de FELIX HURTADO, SILMARIS OSORIO, CARMEN ALICIA HERRERA, MARIOSIS JOSE OSORIO y ANTONIO GONZALEZ; POR PRESCRIPCIÓN y LA FALTA DE CERTEZA, NO EXISTE LA POSIBILIDAD DE INCORPORAR NUEVOS DATOS A LA INVESTIGACIÓN Y NO HAY BASE PARA SOLICITAR FUNDADAMENTE EL ENJUICIAMIENTO DEL IMPUTADO; todo de conformidad con los Ordinal 3° y 4º del artículo 300 y el ordinal 8º del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el ordinal 5º del artículo 108 del Código Penal. Notifíquese de la presente de.....