este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 49 Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículos 17 y 320 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA FORMALMENTE LA INTERRUPCIÓN del debate en la presente causa seguida en contra de los acusados ciudadanos CÉSAR ALEXANDER BASTIDAS ÁLVAREZ, venezolano, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° 15.740.432, nacido en fecha 30-07-1982, de 33 años de edad, domiciliado en La Llanada, Sector 03, Vereda 36, Casa 23, Cumaná, Estado Sucre, número de teléfono: 0424-842.06.12; JOSÉ GREGORIO RONDON, venezolano, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° 9.980.913, nacido en fecha 04-11-1968, de 47 años de edad, domiciliado en Brasil Sur, Sector La Esperanza, Calle 08, Casa S/N, Cumaná, Estado Sucre, número de teléfono: 0424-824.42.88 y 0293-4.....