Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Tránsito, de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, el recurso de apelación, interpuesto por el ciudadano JOSE ALEJANDRO MARQUEZ ZAMBRANO, venezolano mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nro. V-11.991.673, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio, JUAN CARLOS BOLIVAR, inscrito en el Instituto de Previsión Social para el Abogado, bajo el Nro: 61.742, contra la decisión dictada en fecha veintisiete (27) de mayo del año dos mi nueve (2009), por el Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Sala Única de Juicio Juez Nº 1, en consecuencia, SEGUNDO: con LUGAR LA PRETENSION, de divorcio, bajo la concepción del divorcio como solución solicitada por el ciudadano: JOSE ALEJANDRO MARQUEZ ZAMBRANO,.....