DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, Decreta: Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad en contra de los Imputados: Wilman José Ramos Miranda, venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 24512.260, nacido en fecha 02-12-1993, de 21 años de edad, hijo de Julio Ramos y Rosa Miranda, de profesión u oficio pescador, y residenciado en el Sector La Bomba, Calle Principal, Casa S/N, cerca de la bomba, El Morro de Puerto Santo, Municipio Arismendi del Estado Sucre, teléfono 0426-7850177, José Gregorio Ramos Miranda, venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 28.718.508, nacido en fecha.....