Este Juzgado Segundo de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el articulo 479 numeral 1°, 507 del Código Orgánico Procesal Penal Vigente y 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio: PRIMERO: Al Penado: VÍCTOR JOSÉ FERMÍN VELIZ, venezolano, natural de Cumaná, Estado Sucre, de 39 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.777.274, fecha de nacimiento 09-07-1970, soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de Víctor Fermín y Carmen Véliz, residenciado en Brisas del Aeropuerto, Calle Nº 6, Casa Nº 141, Maturín, Estado Monagas, se le Redime LA PENA de NUEVE (09) MESES, VEINTITRÉS (23) DÍAS Y DOCE (12) HORAS.- SEGUNDO: Se acuerda sumar al lapso de tiempo redimido en esta decisión, el redimido en la primera redención que se le acordara a dicho ciudadano, mediante decisión de fecha 18 de Marzo del año 2009, q.....