este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumana, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, con fundamento en las previsiones de los artículos 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículos 20, 53 y 56 del Código Penal y 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal CONCEDE al penado ÁNGELO JESÚS GUTIÉRREZ DE LA ROSA, venezolano, de 21 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 19.761.521, nacido en fecha 13-12-87, natural de Cumaná, soltero, de oficio pescadero, hijo de Eva De La Rosa y José Gutiérrez, residenciado en Cantarrana, sector las cuñas, casa sin número, cerca de la subida hacia la iglesia evangélica, Cumaná, Estado Sucre, a quien el Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre con sede en Cumaná en fecha 11 de Marzo del año 2010, lo condeno a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, más las accesorias de ley, .....