este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre. Extensión Carúpano. Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVATIVA DE LIBERTAD, en contra del imputado CRUZ JAVIER MILLAN, venezolano, de 20 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº 19.909.863, de estado civil: soltero, de profesión u oficio: estudiante, nacido en fecha 17/06/1990, hijo de Manuel Cruz y Cecilia Gutiérrez, y con domicilio en: Calle las casitas de Playa Grande, casa s/n, Parroquia Bolívar, Municipio Bermúdez Estado Sucre; consistente en un régimen de presentación, cada Treinta (30) días, por ante la Unidad de Alguacilazgo del Circuito Judicial de esta sede penal, por el lapso de Seis (06) meses, así como la obligación de suministrar al Tribunal su nueva dirección, en caso de cambio de domicilio y la prohibición de acercarse a la victima; por la presunta comisión del delito de HURT.....