DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de Hecho y de Derecho anteriormente expuesto, Tribunal Quinta de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA LIBERTAD PLENA a favor del ciudadano HILARIO JOSÉ LÓPEZ, venezolano, natural del Juan Pedro, Irapa, Municipio Mariño, Estado Sucre, Casado, Titular de la cédula de identidad Nº 9.934.656, de profesión u oficio T.S.U mención Hidrocarburos, de 39 años de edad, nacido en fecha 09-05-1970, hijo de Auristela López y Valentín Goitia y domiciliado en caserío Juan Pedro, Casa Nº 24, calle la Canela Irapa, Municipio Mariño, del Estado Sucre, en virtud de que de la revisión de las actas que conforman la presente causa se evidencia los hechos objetos del presente proceso no revisten carácter penal, por lo que en consecuencia es un hecho atípico, por lo que no estando acreditada la existencia del hecho punible, decretándose co.....