Por lo que, con fundamento en todo lo antes expuesto, este Tribunal Quinto de Primera Instancia Estadal y Municipal o en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA LA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES, A FAVOR DEL IMPUTADO: LUIS CARLOS MARQUEZ DÍAZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-24.754.259, de 25 años de edad, natural de Cumaná; nacido en fecha 17-01-1989, soltero, de oficio OBRERO, hijo de Arelis Díaz , residenciado en Mariguitar, calle Monagas, casa N° 17, Municipio Bolívar del Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO; conforme a los artículos 44 y 49 de la CRBV. Se acuerda seguir la presente causa, por el procedimiento establecido en el título II del Libro III del Decreto con Rango de Fuerza d.....