Revisada como han sidos las Actas procesales que conforman el presente expediente y evidenciándose de las mismas que en fecha 16 de Julio de 2.006, compareció el ciudadano MARIO CERVELION NORIEGA, titular de la Cedula de Identidad N° V-4.039.807, debidamente asistido por el abogado en ejercicio GUILLERMO TINEO GONZÁLEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 30.733, y consigno cheque de gerencia Nº 00035344, del Banco “PROVINCIAL”, por la cantidad de SIETE MIL SETECIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES (Bs. 7.750,00), a los fines de dar cumplimiento a lo ordenado en la Sentencia dictada en fecha 04 de Diciembre de 2.007 y que riela folios 191 al 198, en el presente expediente, y por cuanto en fecha 04 de Agosto de 2.009, compareció la abogada en ejercicio JESTINE M. BENAVIDES DE GUZMÁN, titular de la Cedula de Identidad N°1.190.430, actuando en su propio nombre y retiró la cantidad consignada la cual recibió mediante Cheque Nº 18870032, de la Cuenta Corriente de este Tribunal, es .....