Acto seguido este Tribunal una vez hechas estas consideraciones este Tribunal Quinto de 1ra Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control-Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO de conformidad con lo establecido en el artículo 358 y 359 del C.O.P.P, al acusado GERMÁN DEL VALLE LUGO SUCRE, venezolano, de 24 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-19.189.215, natural de Cumaná, soltero, de indefinido, nacido en fecha 11/11/1988, hijo de Reina Sucre y Germán Lugo, residenciado en Chacopata, Calle la Zona, Parroquia Chacopata, Municipio Cruz Salmerón Acosta, Estado Sucre; por la comisión del delito de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 153 del Código Penal, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD., y en consecuencia procede a suspender condicionalmente el proceso, por el lapso de seis (06) meses, y le.....