este Tribunal Tercero de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, condena por Admisión de los Hechos al acusado DAVID AGUSTIN ALIVEROS PADRON, venezolano, de 60 años de edad, fecha de nacimiento 30/04/1947, de profesión empleado, titular de la cedula de identidad N° V-3.145.013, casado, residenciado en la Calle Vargas N°109 de esta Ciudad de Cumaná, del Estado Sucre por el delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 411 del Código Penal en perjuicio del ciudadano RODOLFO JESUSU VILLAE ANTON (OCCISO). La pena impuesta se cumplirá, aproximadamente, en Septiembre del año 2009, la cual cumplirán en el establecimiento penal que determine el Juez de Ejecución correspondiente. Así mismo se condena a los acusados de autos, a las penas accesorias de ley, de conformidad con el artículo 16 del Código Penal. Todo ello de conformidad con lo est.....