Por las consideraciones antes expuestas, éste Juzgado Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: De conformidad con lo establecido en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal y los artículos 64 literal b, 66 y 68 de la Ley de Régimen Penitenciario, Otorgar: La Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena consistente en Destacamento de Trabajo, al Penado: ANLLERSON JESÚS DÍAZ, venezolano, de 31 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio TSU, nacido el 20-03-1979, titular de la cédula de identidad N° 13.576.250, hijo de Luis Figuera y Eglantina Díaz, con domicilio en el Barrio La Matica del Peñón, calle principal, en el Centro de Rehabilitación La Matica, Cumaná, Municipio Sucre del Estado Sucre; Estableciéndose como lugar de Trabajo el que presenta el Ciudadano Luís Félix Romero, titular de la cédula de ident.....