Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, admite totalmente la acusación fiscal y CONDENA a los ciudadanos JOSÉ RAMÓN BRITO, de 41 años de edad; titular de la cédula de identidad N° 13.773.921; natural de Cumaná; nacido en fecha 18/11/68; hijo de Elvira Brito y Efraín Brito, casado; residenciado en urbanización Brasil, sector 1, vereda 38, casa Nº 2, Cumaná, Estado Sucre; ELVIRA JOSEFINA BRITO, de 59 años de edad; titular de la cédula de identidad N° 48.433.648; natural de Cumaná; nacido en fecha 16/12/50; hija de Amado Rengel y Juana Farias, soltera, residenciado en urbanización Brasil, sector 1, vereda 38, casa Nº 2, Cumaná, Estado Sucre, y GREGORIO ANTONIO COVA, de 26 años de edad; titular de la cédula de identidad N° 16.817.778; natural de Cumaná; nacido en fecha 10/09/84; hijo de Pablo Rojas y Julieta Cova, soltero; residenciado en urbanización Brasil, sector 1, vereda 38, casa Nº 2, Cumaná, Estado Sucre, a cumplir la pena.....