Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: DESISTIDO el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada LOVELIA CRISTINA MARCANO MUÑOZ, en su carácter de Defensora Privada del ciudadano CÉSAR JOSÉ MARCANO CRESPO, titular de la cédula de identidad Nº V-14.421.843, contra la decisión dictada en fecha 10 de Septiembre del año 2013, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, extensión Carúpano; mediante la cual Negó la solicitud de la Defensora Privada en cuanto la Desestimación de la Acusación Fiscal, así como el Sobreseimiento de la presente causa seguida al referido Acusado, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, en perjuicio del.....