este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Pena con competencia Estadales y Municipales en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 313 numeral 6 y 375 del Código Orgánico Procesal Penal, CONDENA al ciudadano SIMÓN ANTONIO GUERRA LUGO, venezolano, natural de Cumana, estado Sucre, de 36 años de edad, nacido en fecha 05-11-1976, soltero, de profesión u oficio obrero, titular de la cedula de identidad Nro, V-12.662.853, hijo de los ciudadanos Eddy Lugo y Simón Guerra residenciado en la Urbanización Súper Bloque, Bloque Nº 44, piso Nº 07, apartamento Nº 07. Cumaná, Estado Sucre, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto en el artículo 458 del Código Penal, en relación con el artículo 80 ejudem segundo aparte, en perjuicio de la ciudadana AIZA GONZ.....