este Tribunal Segundo de Ejecución, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda la Conversión del Resto de la Pena que le falta por cumplir de NUEVE (09) MESES y TRES (03) DÍAS, en CONFINAMIENTO al ciudadano, GUSTAVO RAFAEL JIMÉNEZ, venezolano, mayor de edad, cedula de identidad numero 14498324, quien se encuentran recluido en el Internado Judicial de la ciudad de Carúpano, el cual cumplirá en la URBANIZACIÓN CHARALLAVE, SECTOR LAS CUMBRES DE CHARALLAVE, CALLE 06, CASA SIN NUMERO, JURISDICCIÓN DE LA PARROQUIA SANTA CATALINA, MUNICIPIO BERMUDEZ DEL ESTADO SUCRE, CASA DE LA SEÑORA CARMEN VEGAS TELEFONO 0426-7810038. Todo de conformidad con lo previsto en los artículos 478 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal y 20 56 del Código Penal y Así se decide.