Una vez escuchado lo manifestado por parte de los acusados de autos de querer ir a juicio, este Tribunal Tercero De Primera Instancia Estadales Y Municipales En Funciones De Control Del Circuito Judicial Penal Del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia En Nombre De La Republica Y Por Autoridad De La Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal, dicta AUTO DE APERTURA A JUICIO ORAL Y PÚBLICO en contra del ciudadano JOSE DEL CARMEN SALAZAR RUIZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 13.360.247,de años 40 de edad, natural de Cumaná; nacido en fecha 22/08/1974, soltero, de oficio Albañil, hijo de Iris Marcano Ruiz y Carlos Luis Barrios Salazar, residenciado en La Llanada sector 1, vereda N° 17 casa S/N de la Parroquia Altagracia, Municipio Sucre, Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos Juan Rodríguez,.....