Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Lo Penal, en Funciones de Ejecución, del Circuito Judicial Penal del Esttado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de La Ley, de conformidad con lo previsto en los artículos 479, 480 y 482, del Código Orgánico Procesal Penal, EJECUTA la sentencia dictada en fecha 15 de Julio del año en curso,(Folios 58 al 63), por el Tribunal Cuarto de Control de esta extensión Judicial, mediante la cual se condenó al Ciudadano Humberto Patricio Gamboa, venezolano, de 38 años de edad, nacido en fecha 17-05-1971, titular de la cédula de identidad N° 12.215.764, de oficio pescador, de estado civil soltero, hijo de Eliseo Salazar y Paula Gamboa, y residenciado en Nueva Guiria, Casa N° 13, Vereda 14, Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre; a cumplir la pena de dos (02) años de prisión, más las accesorias de Ley, por la comisi.....