Este Tribunal de Protección administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, decide AUTORIZAR, suficientemente a la ciudadana ROSA MARINA BRUZUAL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°13.051.727, en su condición de madre de la niña Se omite el nombre de conformidad con los artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, de seis (06) años de edad, para que tramite ante la Dirección Nacional de Identificación y Extranjería, la autorización de viaje y pasaporte a favor de la niña mencionada niña, por lo que se acuerda oficiar a la Oficina de la Dirección Nacional de Identificación y Extranjería (ONIDEX), de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre, a fin de que expida Autorización de Viaje y el Pasaporte respectivo.-Cúmplase