este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre con sede en Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA PRIMERO: ACUMULAR LAS PENAS impuestas a la penada YNOHELI DEL VALLE SALAZAR PEINADO, venezolana, soltera, nacida en fecha 28/01/1977, de 32 años de edad, de oficio comerciante, hija de Elina Peinado y Benito Salazar, titular de la Cédula de Identidad 13.772.562, residenciada en el sector 01, vereda 09, casa 05, Urbanización Brasil, Cumaná, Estado Sucre; y las causas RP01-P-2009-003197 y RP01-P-2008-000551, todas seguidas ante este Juzgado de conformidad con lo establecido en el artículo 482, 479 numeral 2° del Código Orgánico Procesal Penal 97 y 88 del Código Penal, quedando en definitiva una pena de TRES (03) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión de los delitos de DISTRIBUCIÓN MENOR DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del Artículo 3.....