REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PENAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN - CUMANÁ
CUMANÁ, 11 DE JUNIO DE 2010
200º Y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2006-001203
ASUNTO : RP01-P-2006-001203
AUTO ACORDANDO EVALUACIÓN PSICOSOCIAL
PENADO: Efraín José López García.
Analizadas como han sido las actas procesales que conforman la presente causa seguida al penado EFRAÍN JOSÉ LÓPEZ GARCÍA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 14.125.618, actualmente recluido en el Internado Judicial del Estado Sucre, condenado a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRESIDIO, mas las accesorias de ley, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE , previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, en perjuicio del hoy occiso JUAN MIGUEL MARTINEZ; este Tribunal observa:
Cursa a los folios 93 al 95 de la 2° Pieza del expediente, Auto de ejecución de Sentencia, donde se indica que el penado de autos optara a la Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena, una vez cumplidas las 1/3 partes de la pena, lo que equivaldría a Tres (03) Años y Nueve (09) Meses; y siendo que hasta la fecha el mismo ha cumplido al día de hoy con esa exigencia, razón ésta por lo que considera ajustada a derecho la solicitud que motiva el presente fallo, y en consecuencia acuerda con lugar la solicitud del Director del Internado Judicial de Cumana, a través de oficio signado con el N° 821-10. Así se decide.
Por las consideraciones antes expuestas es por lo que Este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, con sede en Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR, la solicitud de evaluación psicosocial presentada ante este Tribunal por el Director del Internado Judicial de Cumaná, y en consecuencia ordena libar oficio a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, a los fines de que practique la evaluación psicosocial al penado EFRAÍN JOSÉ LÓPEZ GARCÍA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 14.125.618, actualmente recluido en el Internado Judicial del Estado Sucre. Líbrese oficio a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario y a la Dirección del Internado Judicial de Cumaná. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
EL JUEZ SEGUNDO DE EJECUCIÓN,
ABG. JESÚS S. MILANO SAVOCA.-.
LA SECRETARIA,
ABG. RUTH YEGRES.-.