DECRETA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con lo previsto en los artículos 250, numerales 1°, 2° y 3, 251 numerales 2° y 3°, y 252 numeral 2° del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del imputado YOSMER ARGENIS REYES REYES, venezolano, natural de Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, de 20 años de edad, nacido en fecha 15-02-91, soltero, obrero, titular de la cédula de identidad Nº 23.584.486, hijo de Dora Mariaelena Reyes Reyes y Argenis León y residenciado en: el Sector Los Cocos, Guayacan de Las Flores, Después de el estadium de Los Cocos, Calle Figuera Casa S/N, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA SEXUAL y AMENAZA, previstos y sancionados en los artículos 43 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana MARIA JOSE ROJAS CARVAJAL; Se califica la aprehensión como flagrante y se ordena la aplicación del procedim.....