este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del ciudadano JAIRO JOSÈ ORTIZ VASQUEZ, venezolano, natural de Cumaná, Estado Sucre, titular de la cédula de identidad Nº 13.051.509, nacido en fecha 10-10-1976, de 35 años de edad, soltero, hijo de Onelia vasquez y Mario Ortiz, residenciado en la Urbanización Brasil, Sector 1, Vereda 28, Casa N° 07, Cumaná, Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del Artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, concatenado con el Primer aparte del referido artículo; en perjuicio de LA COLECTIVIDAD; quien quedará recluido en el Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre. Líbrese boleta de privación judicial preventiva de libertad y oficio al Direct.....