Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuesto, este Tribunal Cuarto de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, en contra del Imputado: EDGAR ALEXANDER CLEVIER SALAZAR, Venezolano, natural de Guaca, nacido en fecha 03-02-1996, de 18 años de edad, de profesión u oficio estudiante, hijo de Edgar Cleveir y Cristian Salazar, residenciado en Guaca, sector La Marina, calle la Esperanza, casa sin numero, cerca del consejo comunal, Municipio Bermúdez, Estado Sucre, en virtud de encontarlo incurso en la comision del delito de: LESIONES PERSONALES DEL TIPO PENAL BASICO, previstos y sancionados en el articulo 413 del Código Penal de Omisis consistente en presentaciones periódicas cada sesenta (60) Días, por el lapso de ocho (08) Meses, Por Ante La Unidad De Alguacilazgo De Este Circuito Judicial Penal Del Estado Sucre, de conformidad con el articulo 242 ordinal .....