Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de La Ley, decreta la libertad sin restricciones del ciudadano JOSE ALEJANDRO COLON MARCHAN venezolano, de 19 años de edad, natural de Cumaná, nacido el 30/07/1990, titular de la cédula de identidad Nº -19.854.681, de oficio comerciante, hijo de JOSE ANASTASIO COLON Y MARTIZA MARCHAN, residenciado en la Urb. La caraqueña, sector el junquito, calle cumaná, casa sin número, bajando las escaleras, al lado de la bodega de Magali, puerto la cruz, Estado Anzoátegui, el cual se le iniciara por la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO, conforme a lo solicitado por la representante del Ministerio Público, solicitud a la que no hizo oposición la representante de la defensa Pública Penal. Se acuerda que se siga la presente causa por el procedimiento ordinario. Se ordena y ejecuta la libertad del imputado desde est.....