DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, éste Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA la Extinción de la Acción Penal y DECRETA el Sobreseimiento de la presente causa a favor del imputado Elías Ramón Vegas, venezolano, de 45 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 9.455.683, nacido el 20-07-62, de profesión u oficio albañil, hijo de José Isabel Gutiérrez y Petra Alejandrina Vegas, y domiciliado en el Rosario del Muco, Calle 6 de Febrero (al final), Casa S/N, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; por la comisión del delito de Lesiones Personales Leves, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana Ricarda María Ramírez; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 45; 48, numeral 7; y 318, numeral 3, del Código Orgánico Procesal Penal. Quedan las partes presentes debidamente notificad.....