Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA decretar la PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, a YOVANNY JOSE ASTUDILLO SIFONTES, quien es venezolano, Cedula de identidad N° 15.078.735, de 30 años de edad, soltero, pescador, natural de Cumana, el 12/04/1980, hijo de los ciudadanos Antonio Astudillo y Rosa Sifontes, residenciado en calle la boca, santa fe casa S/N, en la orilla de la playa Cumaná estado Sucre, y RAIZA DEL CARMEN NARVAEZ BERNARD, quien es venezolana, Cedula de identidad Nº 15.191.695, de 34 años de edad, soltera, buhonera, natural de Cumana, el 22/03/1976, hija de los ciudadanos Freddy Narvaez y Baljoselina de Narvaez, residenciada en Santa Fe, sector el estadio, calle el estadio casa S/N, Cumaná estado Sucre, por estar los mismos presuntamente incursos en la comisión del delito de OCULTAMIENTO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES previsto y sancionado en el encabezamiento del Artículo 31 de la Le.....