éste Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA La extinción de la Acción Penal y DECRETA el Sobreseimiento de la presente causa a favor del ciudadano FÉLIX RAMÓN ASTUDILLO MATA, venezolano, de 42 años, de estado civil soltero, de ocupación almacenista, titular de la cédula de identidad N° 10.949.127, residenciado en Santa Fe, Urbanización Playa Colorada, Calle Principal, Casa S/N°, al lado del módulo asistencial, Parroquia Raúl Leoni del Estado Sucre; por la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el Artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana ROSANGELA DEL VALLE ROMERO; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 45; 49, numeral 7; y 300, numeral 5, del Código Orgánico Procesal Penal. Remítase las actuaciones al archivo en su oportunidad leg.....