En consecuencia, por los motivos de hecho y de derecho antes trascritos, este Juzgado SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara de Oficio la PERENCION DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo previsto en el encabezamiento del Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, con los efectos señalados en el Artículo 271 eiusdem, en el juicio de NULIDAD DE CONTRATO, incoado por la ciudadana ROSA PEREZ TORRENS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.040.038, debidamente asistida por el abogado en ejercicio MANUEL BIEL MORALES e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 36.075, contra el ciudadano NELSON PEREZ TORRENS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.011.492 y de esta ciudad, por cuanto se observa que ha transcurrido más de un (1) año desde la .....