este Juzgado Quinto de Control, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, al imputado LUIS HERNAN GONZALEZ CARREÑO, titular de la cédula de identidad N° 24.513.858, 18 años de edad, soltero, nacido el 14/01/1991, obrero, con domicilio en el barrio ensal, calle 09, casa 02, cerca de la Bodega Rosita, Araya, Municipio Cruz Salmerón Acosta, Estado Sucre. Todo, de conformidad con el artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en presentaciones periódicas cada 10 días por un lapso de 06 meses por ante la Prefectura del Municipio Cruz Salmerón Acosta. Líbrese oficio a la Prefectura del Municipio Cruz Salmerón Acosta a los fines que se hagan efectivas las presentaciones. Líbrese boleta de Libertad junto con oficio dirigido IAPES. Se materializa la libertad del imputado de autos, desde esta misma Sala de audiencias, dejándose constancia que el mismo se retira.....