Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: ADMISIBLE la recusación interpuesta. SEGUNDO: CON LUGAR LA RECUSACIÓN interpuesta por el abogado ALEJANDRO VILLARROEL ESPINOZA, actuando en su carácter de Fiscal Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre con competencia en Defensa Ambiental (encargado), contra el Abogado JUAN CHIRINO COLINA, Juez Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, para que el mismo no siga conociendo de la causa N° RP01-P-2003-000053, seguida al imputado JULIO CESAR MONASTERIO YINT por la presunta comisión de los delitos de CAMBIO DE FLUJO Y SEDIMENTACIÓN, CONTAMINACIÓN DE AGUAS SUBTERRANEAS, DEGRADACIÓN DE SUELOS, TOPOGRAFÍA Y PAISAJE, DESTRUCCIÓN DE VEGETACIÓN E.....