este Tribunal Primero de Control del Primer Circuito Judicial Penal del estado Sucre, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal SUSPENDE CONDICIONALMENTE EL PROCESO al ciudadano HERMES DE JESUS CAMPOS GUILARTE, venezolano, natural de Casanay-Estado Sucre, casado, de oficio chofer, titular de la cédula de identidad N° 4.027.130, hijo de Josefina de Campos, y Luís Campos; residenciado en: Sector Guarito Dos (2), calle numero 5, vereda 24, casa número 2, frente al Liceo Mario Briceño Iragorry, Maturín, Estado Monagas; por hallarse incurso en la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal vigente, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO, por el lapso de TRES (03) MESES, conforme a los artículos 42, 43 y 44 del Código Orgánico Procesal Penal, durante el cual el acusado deberá cumplir con las siguientes condiciones: PRIMERO: Residir en un lugar determinado, estableciendo como su domi.....