UNICO: inadmisible la acción que por querella interdictal por despojo parcial, que intentara el ciudadano intentara el ciudadano Eulogio Quintín Velásquez, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N°8.434.518, domiciliado en el Sector La Llanada, sector 01, vereda 20, N°19, Cumaná estado Sucre, teléfono: 0424-8277827, debidamente asistido por el abogado en ejercicio Andrés Porfirio Figuera Zapata, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 8.644.092 e inscrito en el I.P.S.A bajo el Nro. 300.180, contra la ciudadana Rosalba Bautista Avile de Rodríguez, quien es venezolana, mayor de edad, estado civil casada, titular de la cédula de identidad N° V-15.290.713, domiciliada en la Llanada, sector IV, Urbanización María de San José, Cumana, Municipio Sucre del estado Sucre.