Este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 314 del decreto con rango, valor y fuerza de ley, del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA LA APERTURA A JUICIO ORAL Y PUBLICO, en el presente asunto seguido al ciudadano RONIEL JOSÈ VALDIVIAN RIVAS, venezolano, natural de San Felix Estado Bolívar, de 21 años de edad, estado civil: soltero, titular de la cédula de identidad Número V- 20.934.437, obrero, nacido el 19-06-1991, hijo de Llanitza Valdivian y Padre Desconocido, domiciliado en: el Quebrada de Piedra, La Alcabala, Calle Principal, Casa S/N, Cerca de la planta de Tratamiento de Agua. Charallave. Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, tipificado en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio DEL ESTADO VENEZOLANO.....