Por los razonamientos antes expuestos, éste Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda a favor de JOSÉ GREGORIO TOLEDO URBAY, venezolano, natural de Guiria, Municipio Valdez del estado Sucre, mayor de edad, nacido en fecha 25/09/1989, soltero, titular de la Cédula de Identidad Número V- 21.287.633, pescador, hijo de Claudio Sucre Toledo y Honoria Urbaez Zapata, con domicilio Rió de Guiria, calle Santa Inés casa sin numero detrás de la Bomba de Río de Guiria, Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, El Beneficio De Suspensión Condicional De La Ejecución De La Pena, que le fuere impuesta por comisión de los delitos de CONTRABANDO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 20 ordinal 14 de la ley Sobre el Delito de Contrabando y CAZA ILÍCITA DE ESPECIES PROTEGIDAS, previsto y sancionado en el articulo 77 ordinal 3º de .....