en Nombre la República y por Autoridad de la Ley, resuelve CON LUGAR LA SOLICITUD FISCAL y MODIFICA LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN Y DE SEGURIDAD IMPUESTAS POR EL ÓRGANO RECEPTOR A FAVOR DE LA VÍCTIMA Y EN COTRA DEL IMPUTADO, LUIS ALFREDO CALDERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.649.427, soltero, de profesión u oficio indefinido, nacido en fecha 20-03-1963, de 48 años de edad, residenciado en Caigüire, Barrio Virgen del Valle, Casa N° 6, Cumaná, Estado Sucre, presuntamente incurso en la comisión del delito de AMENAZAS, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida libre de Violencia, en perjuicio de OCTALINA MARÍA PEREDA RODRÍGUEZ, de conformidad con lo establecido en los numerales 3, 5 y 6 del articulo 87 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida libre de Violencia, consistente en: 5) PROHIBICIÓN AL IMPUTADO A ACERCARSE AL LUGAR DE TRABAJO, ESTUDIO Y/O RESIDENCIA DE LA VÍCTIMA; Y .....