este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 26 y 44 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículos 264, 262 numeral 3 y artículo 5 del Código Orgánico Procesal Penal, ordena la ubicación y captura del ciudadano HERMES CAMARGO LARA, venezolano, de 20 años de edad, titular de la cédula de identidad n° V-18.399.335, soltero, residenciado en El salado, casa n° 19, Cumaná, Estado Sucre, a quien le imputa el delito de EXTORSIÓN, delito previsto y sancionado en el artículo 459 del Código Penal en perjuicio del ciudadano FARID JOSÉ JOUBI GIL, a tal efecto ofíciese lo conducente al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, a la Guardia Nacional y al Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, a los fines de que se ejecute la orden emitida y que una vez aprehendido dicho imputad.....