Tomando en cuenta todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en Nombre de La Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de OBLIGACIÓN DE MANUTENCION solicitada por la ciudadana, MARIA GREGORIA MILLAN CARABALLO, contra el ciudadano JESUS ALBERTO MORENO MATA, plenamente identificados en el encabezamiento de la presente decisión, a favor de la niña, y condena al progenitor a suministrar el 15% de un salario mínimo mensual, 15% del Bono Vacacional, para cubrir los gastos de Uniformes y útiles escolares, el 15% en el mes de Diciembre por concepto de Aguinaldo, para cubrir los gastos ropas, calzado y juguetes, el 15% para la niña, que vive con su madre. Todo de conformidad con los artículos 75, 76, 78 de la Constitución Bolivariana de Venezuela en concordancia con los artículos 30, 365, 366, 369, de la LOPNNA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho .....