Por todos y cada uno de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolívar y Mejía del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE MATRIMONIO, presentada por la ciudadana: CARMEN CRISTINA MÁRQUEZ MÁRQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 30.078.153, domiciliada en el Sector San Pedro, vía Marigüitar, casa sin número, Municipio Bolívar estado Sucre, asistida por el abogado: HAROLDO ANDRÉS HERNÁNDEZ MORENO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo el número 311.818, actuando como Defensor Público Auxiliar con competencia en materia Civil, Mercantil y Transito designado mediante resolución Nº DDPG-2024-222, de fecha 14-08-.....