este Tribunal primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, condena al ciudadano OSWALDO JOSÉ LEÓN PEREIRA, venezolano, de 27 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 15.360.385, nacido en fecha 18-05-81, natural de Cumaná, soltero, de profesión u oficio no definida, hijo de Orfelina Pereira y Oswaldo León, con residencia en la Urb. Brasil, sector 2, calle 9, casa S/N°, Cumaná, Estado Sucre; a cumplir la pena de un (01) año y seis (06) meses de prisión y lo somete a cumplir la medida cautelar sustitutiva a la privación de libertad contenida en el artículo 256 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en presentaciones cada ocho (08) días por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, hasta tanto disponga lo contrario el juez de ejecución a quien competa. Se acuerda oficiar al Coordinador de la Unidad de Algu.....