Es por lo que este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Repone la presente causa al estado de nueva admisión. En consecuencia, vista la demanda de Reconocimiento de Contenido y Firma de Documento Privado, presentada por los abogados ODEXY MATUTE MARTÍNEZ y FRANKLIN MORALES ÁLVAREZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros: 113.592 y 165.346, respectivamente, en sus carácter de apoderados judicial del ciudadano JORGE EL BADAWI KAHILA, Venezolano, mayor de edad, soltero, comerciante, titular de la Cédula de Identidad N° 19.083.005, domiciliado en la Avenida Arístides Rojas, Edificio Meato, primer piso, Cumaná Estado Sucre, este Tribunal se abstiene de admitir la misma, por cuanto no reúne los requisitos exigidos en el Ordinal 5° del artículo 340 del Código de Procedimiento Civil, .....